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Niños, niñas y adolescentes

Sobre la Defensoría de los Derechos de la Niñez

"(...) La incorporación del artículo permite contar con un organismo que resguarde el cumplimiento de los derechos de la niñez, cuyo rol sea protegerles ante vulneraciones y hacer uso de todas las herramientas posibles para que niños, niñas y jóvenes se sientan más seguros, apartando el miedo y la incertidumbre de su ecuación cotidiana.(...)"

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Artículo 126, Inciso primero

1. Existirá un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Defensoría de los Derechos de la Niñez, que tendrá por objeto la promoción y protección de los derechos de que son titulares niñas, niños y adolescentes y velar por su interés superior. Lo anterior, conforme a esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, los demás tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile y la legislación nacional.

¿Cuán importante es este artículo(s) para la calidad de vida de las personas en Chile? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

Cuando fue creada la Defensoría, como primera institución pública que tenía el rol de preocuparse exclusivamente de los derechos de la niñez, aparecen en el debate público temáticas que antes eran invisibles.
Por ejemplo, respecto de la violencia escolar, que antes de la creación de la Defensoría era vista como un mero asunto de comportamiento, hoy se comprende como una forma de vulneración de derechos. De este modo, la creación de una Defensoría marca un giro en el tratamiento que se le da a la vulneración de derechos y en la importancia del ejercicio constante de velar por ellos y defenderlos.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

La Constitución actualmente vigente no menciona ningún organismo que defienda los derechos de niños, niñas y adolescentes.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Sistemas encargados de garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes comprometidos, existen en países como Argentina, Ecuador, Venezuela y Polonia. Entre ellos, se mencionan resguardos de derechos a través de mecanismos como un “sistema de seguridad social especial e integral para la protección del niño”, un “Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia”, un “Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de niños, niñas y adolescentes” y un “Comisionado para los Derechos del Niño”, todos organismos vigentes actualmente.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

En 2015, se presenta el proyecto de Ley para la creación de un Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez. Con esto se inicia el proceso de creación de una institución autónoma que vele por la difusión, promoción y protección y garantías de los derechos de la niñez, tanto por el Estado, como por las instituciones de niñez y adolescencia. Entre marzo del 2016 y enero de 2018 se produjeron los trámites legislativos para la creación de la Defensoría de la Niñez, siendo la ley promulgada en enero del 2018, y estando la Defensoría vigente hasta le fecha.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

Uno de los grandes mitos en torno a la necesidad de contar con una institucionalidad específica para resguardar los derechos de niñas, niños y jóvenes es que no es necesaria y que basta con un organismo que vele por los derechos humanos. Sin embargo, su existencia entrega visibilidad y genera un trabajo focalizado en los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

Niños, niñas y jóvenes se sienten seguros y respaldados. Confían en una institucionalidad que los apoya efectivamente y de manera oportuna cuando sus derechos han sido vulnerados. Es una generación empoderada, que conoce sus derechos, los hace valer, respeta la convivencia sana y se comprometen con aportar a ella gracias al alto nivel de bienestar del cual gozan.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al desarrollo del país?

La incorporación del artículo produce una generación que nace respaldada por una institucionalidad que resguarda, garantiza y promueve sus derechos, logra avanzar en su potencial, vive un presente enriquecido y proyecta un aporte al desarrollo social cuantificablemente superior.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

La incorporación del artículo permite contar con un organismo que resguarde el cumplimiento de los derechos de la niñez, cuyo rol sea protegerles ante vulneraciones y hacer uso de todas las herramientas posibles para que niños, niñas y jóvenes se sientan más seguros, apartando el miedo y la incertidumbre de su ecuación cotidiana.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a los procesos de participación y a la lucha contra la corrupción?

Al velar por el cumplimiento de los derechos, la Defensoría busca explícitamente lograr aumentar de manera significativa los espacios de participación de niños, niñas y adolescentes, sobre todo aquellos donde sus ideas, opiniones y aportes puedan ser vinculantes.

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Sobre la Defensoría de los Derechos de la Niñez

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1. Existirá un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Defensoría de los Derechos de la Niñez, que tendrá por objeto la promoción y protección de los derechos de que son titulares niñas, niños y adolescentes y velar por su interés superior. Lo anterior, conforme a esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, los demás tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile y la legislación nacional.

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¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

Cuando fue creada la Defensoría, como primera institución pública que tenía el rol de preocuparse exclusivamente de los derechos de la niñez, aparecen en el debate público temáticas que antes eran invisibles.
Por ejemplo, respecto de la violencia escolar, que antes de la creación de la Defensoría era vista como un mero asunto de comportamiento, hoy se comprende como una forma de vulneración de derechos. De este modo, la creación de una Defensoría marca un giro en el tratamiento que se le da a la vulneración de derechos y en la importancia del ejercicio constante de velar por ellos y defenderlos.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

La Constitución actualmente vigente no menciona ningún organismo que defienda los derechos de niños, niñas y adolescentes.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Sistemas encargados de garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes comprometidos, existen en países como Argentina, Ecuador, Venezuela y Polonia. Entre ellos, se mencionan resguardos de derechos a través de mecanismos como un “sistema de seguridad social especial e integral para la protección del niño”, un “Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia”, un “Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de niños, niñas y adolescentes” y un “Comisionado para los Derechos del Niño”, todos organismos vigentes actualmente.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

En 2015, se presenta el proyecto de Ley para la creación de un Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez. Con esto se inicia el proceso de creación de una institución autónoma que vele por la difusión, promoción y protección y garantías de los derechos de la niñez, tanto por el Estado, como por las instituciones de niñez y adolescencia. Entre marzo del 2016 y enero de 2018 se produjeron los trámites legislativos para la creación de la Defensoría de la Niñez, siendo la ley promulgada en enero del 2018, y estando la Defensoría vigente hasta le fecha.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

Uno de los grandes mitos en torno a la necesidad de contar con una institucionalidad específica para resguardar los derechos de niñas, niños y jóvenes es que no es necesaria y que basta con un organismo que vele por los derechos humanos. Sin embargo, su existencia entrega visibilidad y genera un trabajo focalizado en los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

Niños, niñas y jóvenes se sienten seguros y respaldados. Confían en una institucionalidad que los apoya efectivamente y de manera oportuna cuando sus derechos han sido vulnerados. Es una generación empoderada, que conoce sus derechos, los hace valer, respeta la convivencia sana y se comprometen con aportar a ella gracias al alto nivel de bienestar del cual gozan.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al desarrollo del país?

La incorporación del artículo produce una generación que nace respaldada por una institucionalidad que resguarda, garantiza y promueve sus derechos, logra avanzar en su potencial, vive un presente enriquecido y proyecta un aporte al desarrollo social cuantificablemente superior.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

La incorporación del artículo permite contar con un organismo que resguarde el cumplimiento de los derechos de la niñez, cuyo rol sea protegerles ante vulneraciones y hacer uso de todas las herramientas posibles para que niños, niñas y jóvenes se sientan más seguros, apartando el miedo y la incertidumbre de su ecuación cotidiana.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a los procesos de participación y a la lucha contra la corrupción?

Al velar por el cumplimiento de los derechos, la Defensoría busca explícitamente lograr aumentar de manera significativa los espacios de participación de niños, niñas y adolescentes, sobre todo aquellos donde sus ideas, opiniones y aportes puedan ser vinculantes.

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