"Reconocer este tipo de labores permitirá que las instituciones públicas inviertan en servicios, políticas e infraestructura de cuidado y educación, e implementar políticas activas de conciliación con la vida familiar, entre otras medidas, para mejorar la calidad de vida de las personas que realizan estas labores."
Evaluada por:
Artículo 49
1. El Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad. Constituyen una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y deben ser considerados en la formulación y ejecución de las políticas públicas.
2. El Estado promueve la corresponsabilidad social y de género e implementará mecanismos para la redistribución del trabajo doméstico y de cuidados, procurando que no representen una desventaja para quienes la ejercen.
La gran mayoría de las mujeres asumen el rol de cuidadoras al interior de sus hogares, encargándose de las tareas como la crianza de niñas/os y los quehaceres domésticos, que consumen gran parte de su tiempo, afectando sus condiciones de vida y oportunidades de progreso. Reconocer este tipo de labores permitirá que las instituciones públicas inviertan en servicios, políticas e infraestructura de cuidado y educación, e implementar políticas activas de conciliación con la vida familiar, entre otras medidas, para mejorar la calidad de vida de las personas que realizan estas labores.
El trabajo doméstico y de cuidados realiza una contribución importante a las economías de los países, así como al bienestar individual y de la sociedad. Sin embargo, estas labores no remuneradas siguen siendo mayormente invisibles y no reconocidas, y no se tienen en cuenta en la toma de decisiones (OIT, 2018). Esta realidad puede cambiar gracias a este artículo, que mandata al Estado la implementación de políticas que beneficien a quienes realizan estos quehaceres.
Bolivia y República Dominicana ya han reconocido el trabajo de cuidados no remunerado en sus Constituciones. La primera, reconociendo su valor económico y mandatando su cuantificación en las cuentas públicas; la segunda, como actividad económica que produce riqueza e incorporándolo en la formulación de políticas públicas y sociales.
La demanda por el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados ha aparecido en diferentes momentos históricos, sobre todo en el debate por las condiciones laborales de hombres y mujeres. Así, tuvo relevancia en las manifestaciones feministas de los años 60 y 70s y, en la actualidad, en las huelgas de mujeres del 8M de los últimos años situando el tema en la opinión pública, gracias a esfuerzos por valorizar su aporte económico en el PIB, como lo hizo ComunidadMujer en 2020. La incorporación de esta demanda en la nueva Constitución es una victoria para el movimiento feminista chileno.
“Quieren que se les pague por bañar a sus hijos, tener su casa limpia, etc. O sea, quieren que se les pague por hacer lo que deben hacer”; “Las dueñas de casa tienen remuneración ¿o acaso es gratis la mantención del hogar?”.
Esto demuestra lo internalizados que tenemos la tradicional división sexual del trabajo que considera un deber de las mujeres hacer las labores del hogar, compensadas por cariño. Esta estructura tiene costos: doble jornada de trabajo (remunerado y no) o la imposibilidad de ingresar al mercado laboral, impidiendo la independencia económica y el pleno desarrollo de su vida.
Existen salas cunas, jardines infantiles y colegios de calidad para niñas/os, y centros de día y larga estadía para personas mayores y dependientes. Las compañías cuentan con medidas de conciliación con la vida familiar para asumir responsabilidades familiares y laborales, sin ser excluyentes. Se crearon políticas para reintegrar a cuidadoras/es no remunerados al mercado laboral, a través del trabajo flexible o licencias parentales. En resumen: se redistribuyó el trabajo doméstico y de cuidados entre mujeres, hombres, empresa privada y Estado, sin dejar a nadie atrás.
El reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados como una actividad productiva aporta a la igualdad entre las personas ya que afecta las condiciones de vida y oportunidades de progreso de quienes se hacen cargo de dichas labores, invisibilizadas y no remuneradas, y que en su mayoría son mujeres. Este mandato constitucional permitirá la implementación de políticas públicas que transformarán la sociedad en una más igualitaria.
"Reconocer este tipo de labores permitirá que las instituciones públicas inviertan en servicios, políticas e infraestructura de cuidado y educación, e implementar políticas activas de conciliación con la vida familiar, entre otras medidas, para mejorar la calidad de vida de las personas que realizan estas labores."
Evaluada por:
Artículo 49
1. El Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad. Constituyen una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y deben ser considerados en la formulación y ejecución de las políticas públicas.
2. El Estado promueve la corresponsabilidad social y de género e implementará mecanismos para la redistribución del trabajo doméstico y de cuidados, procurando que no representen una desventaja para quienes la ejercen.
La gran mayoría de las mujeres asumen el rol de cuidadoras al interior de sus hogares, encargándose de las tareas como la crianza de niñas/os y los quehaceres domésticos, que consumen gran parte de su tiempo, afectando sus condiciones de vida y oportunidades de progreso. Reconocer este tipo de labores permitirá que las instituciones públicas inviertan en servicios, políticas e infraestructura de cuidado y educación, e implementar políticas activas de conciliación con la vida familiar, entre otras medidas, para mejorar la calidad de vida de las personas que realizan estas labores.
El trabajo doméstico y de cuidados realiza una contribución importante a las economías de los países, así como al bienestar individual y de la sociedad. Sin embargo, estas labores no remuneradas siguen siendo mayormente invisibles y no reconocidas, y no se tienen en cuenta en la toma de decisiones (OIT, 2018). Esta realidad puede cambiar gracias a este artículo, que mandata al Estado la implementación de políticas que beneficien a quienes realizan estos quehaceres.
Bolivia y República Dominicana ya han reconocido el trabajo de cuidados no remunerado en sus Constituciones. La primera, reconociendo su valor económico y mandatando su cuantificación en las cuentas públicas; la segunda, como actividad económica que produce riqueza e incorporándolo en la formulación de políticas públicas y sociales.
La demanda por el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados ha aparecido en diferentes momentos históricos, sobre todo en el debate por las condiciones laborales de hombres y mujeres. Así, tuvo relevancia en las manifestaciones feministas de los años 60 y 70s y, en la actualidad, en las huelgas de mujeres del 8M de los últimos años situando el tema en la opinión pública, gracias a esfuerzos por valorizar su aporte económico en el PIB, como lo hizo ComunidadMujer en 2020. La incorporación de esta demanda en la nueva Constitución es una victoria para el movimiento feminista chileno.
“Quieren que se les pague por bañar a sus hijos, tener su casa limpia, etc. O sea, quieren que se les pague por hacer lo que deben hacer”; “Las dueñas de casa tienen remuneración ¿o acaso es gratis la mantención del hogar?”.
Esto demuestra lo internalizados que tenemos la tradicional división sexual del trabajo que considera un deber de las mujeres hacer las labores del hogar, compensadas por cariño. Esta estructura tiene costos: doble jornada de trabajo (remunerado y no) o la imposibilidad de ingresar al mercado laboral, impidiendo la independencia económica y el pleno desarrollo de su vida.
Existen salas cunas, jardines infantiles y colegios de calidad para niñas/os, y centros de día y larga estadía para personas mayores y dependientes. Las compañías cuentan con medidas de conciliación con la vida familiar para asumir responsabilidades familiares y laborales, sin ser excluyentes. Se crearon políticas para reintegrar a cuidadoras/es no remunerados al mercado laboral, a través del trabajo flexible o licencias parentales. En resumen: se redistribuyó el trabajo doméstico y de cuidados entre mujeres, hombres, empresa privada y Estado, sin dejar a nadie atrás.
El reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados como una actividad productiva aporta a la igualdad entre las personas ya que afecta las condiciones de vida y oportunidades de progreso de quienes se hacen cargo de dichas labores, invisibilizadas y no remuneradas, y que en su mayoría son mujeres. Este mandato constitucional permitirá la implementación de políticas públicas que transformarán la sociedad en una más igualitaria.