instagram-icono
contacto-icono
iconoVolver sello-norma
Sellos aplicados icono
Metodología icono    Cómo leerlo icono
Calidad de vida

Sobre el derecho a una muerte digna

"(...) Las personas sabrán con certeza qué hacer y a dónde acudir si ellas o algún miembro de su familia está atravesando un problema grave de salud, que esté comprometiendo seria y progresivamente su calidad de vida. Así tendrá la seguridad de que el sistema le garantizará tanto los cuidados paliativos como el acceso a una muerte digna. (...)"

Evaluada por:

logo organizacion

Artículo 68

1. Toda persona tiene derecho a una muerte digna.
2. La Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres e informadas sobre sus cuidados y tratamientos al final de su vida.
3. El Estado garantiza el acceso a los cuidados paliativos a todas las personas portadoras de enfermedades crónicas avanzadas, progresivas y limitantes de la vida, en especial a grupos vulnerables y en riesgo social.
4. La ley regulará las condiciones para garantizar el ejercicio de este derecho, incluyendo el acceso a la información y el acompañamiento adecuado.

¿Cuán importante es este artículo(s) para la calidad de vida de las personas en Chile? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

Parte de la calidad de vida de las personas es gozar de una salud óptima para desarrollar distintas actividades. Cuando esto no es posible, el Estado garantizará que las personas puedan acceder a la información del caso para tomar decisiones que puedan evitar el sufrimiento innecesario.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

Muchas enfermedades crónicas implican cuidados costosos y que las personas no pueden financiar. Por ello, con esta norma, las personas podrán acceder a los recursos del caso para garantizar los niveles mínimos de sufrimiento por causa de una enfermedad.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Europa es pionera en este tipo de normas, en donde se brinda información veraz a las personas y familiares que atraviesan este tipo de situaciones. Hace muchos años en estos países se practican procedimientos en caso de enfermedades terminales en donde la medicina no puede actuar.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

La vida es el bien más valorado, pero vivir dignamente implica mucho más que respirar. De ahí que a lo largo de los años, se ha considerado un tabú abordar el tema del acceso a una muerte digna, por más sufrimiento que exista. Con esta norma, se viabiliza la implementación de mecanismos que, en ciertos y determinados casos, permitan acceder a ella, en el entendido que la vida debe ser digna y que eso implica salud y minimización de sufrimientos.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

Mitos como el basado en la creencia religiosa de que el sufrimiento debe ser soportado, sin importar su magnitud ni la desesperación de quien lo padece, así como de sus familiares cercanos.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

Un país en donde las personas puedan tomar decisiones libres e informadas respecto a su salud y su estado, y donde puedan evitar sufrimientos innecesarios.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

En el sentido de que incorpora a la carta fundamental el Derecho Humano de las personas a poder acceder a una muerte digna. Esto implica contar con procedimientos garantizados y asistidos por los profesionales competentes, en caso de sufrir una enfermedad que disminuya grave y progresivamente la calidad de vida de las personas.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la igualdad entre todas las personas?

Las personas sabrán con certeza qué hacer y a dónde acudir si ellas o algún miembro de su familia está atravesando un problema grave de salud, que esté comprometiendo seria y progresivamente su calidad de vida. Así tendrá la seguridad de que el sistema le garantizará tanto los cuidados paliativos como el acceso a una muerte digna.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la innovación y sustentabilidad?

Todas las personas, sin discriminación alguna, podrán contar con procesos seguros y legales, por medio de los cuales puedan decidir qué deben hacer en caso de atravesar una enfermedad terminal avanzada, incluso las que pertenezcan a grupos en situación de vulnerabilidad social y económica.

Otras normas evaluadas por la organización

María Sotomayor - ICP UC
Cómo leerlo icono
Calidad de vida

Sobre el derecho a una muerte digna

"(...) Las personas sabrán con certeza qué hacer y a dónde acudir si ellas o algún miembro de su familia está atravesando un problema grave de salud, que esté comprometiendo seria y progresivamente su calidad de vida. Así tendrá la seguridad de que el sistema le garantizará tanto los cuidados paliativos como el acceso a una muerte digna. (...)"

Evaluada por:

logo organizacion

Artículo 68

1. Toda persona tiene derecho a una muerte digna.
2. La Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres e informadas sobre sus cuidados y tratamientos al final de su vida.
3. El Estado garantiza el acceso a los cuidados paliativos a todas las personas portadoras de enfermedades crónicas avanzadas, progresivas y limitantes de la vida, en especial a grupos vulnerables y en riesgo social.
4. La ley regulará las condiciones para garantizar el ejercicio de este derecho, incluyendo el acceso a la información y el acompañamiento adecuado.

¿Cuán importante es este artículo(s) para la calidad de vida de las personas en Chile? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

Parte de la calidad de vida de las personas es gozar de una salud óptima para desarrollar distintas actividades. Cuando esto no es posible, el Estado garantizará que las personas puedan acceder a la información del caso para tomar decisiones que puedan evitar el sufrimiento innecesario.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

Muchas enfermedades crónicas implican cuidados costosos y que las personas no pueden financiar. Por ello, con esta norma, las personas podrán acceder a los recursos del caso para garantizar los niveles mínimos de sufrimiento por causa de una enfermedad.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Europa es pionera en este tipo de normas, en donde se brinda información veraz a las personas y familiares que atraviesan este tipo de situaciones. Hace muchos años en estos países se practican procedimientos en caso de enfermedades terminales en donde la medicina no puede actuar.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

La vida es el bien más valorado, pero vivir dignamente implica mucho más que respirar. De ahí que a lo largo de los años, se ha considerado un tabú abordar el tema del acceso a una muerte digna, por más sufrimiento que exista. Con esta norma, se viabiliza la implementación de mecanismos que, en ciertos y determinados casos, permitan acceder a ella, en el entendido que la vida debe ser digna y que eso implica salud y minimización de sufrimientos.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

Mitos como el basado en la creencia religiosa de que el sufrimiento debe ser soportado, sin importar su magnitud ni la desesperación de quien lo padece, así como de sus familiares cercanos.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

Un país en donde las personas puedan tomar decisiones libres e informadas respecto a su salud y su estado, y donde puedan evitar sufrimientos innecesarios.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

En el sentido de que incorpora a la carta fundamental el Derecho Humano de las personas a poder acceder a una muerte digna. Esto implica contar con procedimientos garantizados y asistidos por los profesionales competentes, en caso de sufrir una enfermedad que disminuya grave y progresivamente la calidad de vida de las personas.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la igualdad entre todas las personas?

Las personas sabrán con certeza qué hacer y a dónde acudir si ellas o algún miembro de su familia está atravesando un problema grave de salud, que esté comprometiendo seria y progresivamente su calidad de vida. Así tendrá la seguridad de que el sistema le garantizará tanto los cuidados paliativos como el acceso a una muerte digna.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la innovación y sustentabilidad?

Todas las personas, sin discriminación alguna, podrán contar con procesos seguros y legales, por medio de los cuales puedan decidir qué deben hacer en caso de atravesar una enfermedad terminal avanzada, incluso las que pertenezcan a grupos en situación de vulnerabilidad social y económica.

iconoVolver sello-norma
Sellos aplicados icono
Otras normas evaluadas por la organización

María Sotomayor - ICP UC