instagram-icono
contacto-icono
iconoVolver sello-norma
Sellos aplicados icono
Metodología icono    Cómo leerlo icono
Propiedad y economía

Sobre la libertad de emprendimiento

"(....) Esta norma avanza en establecer sanciones concretas a conductas anticompetitivas por ser contrarias al interés social, comprende que el daño al mercado es un daño a la democracia, no limita la iniciativa privada, sino que la regula en beneficio del interés social., recalca que la iniciativa privada se mantiene, complementaria a la del Estado y no establece límites irrealizables, sino que son límites claros que permiten establecer su verdadero alcance. (...)"

Evaluada por:

logo organizacion

Artículo 80

1. Toda persona, natural o jurídica, tiene libertad de emprender y desarrollar actividades económicas. Su ejercicio debe ser compatible con los derechos consagrados en esta Constitución y la protección de la naturaleza.
2. El contenido y los límites de este derecho serán determinados por las leyes que regulen su ejercicio, las que deberán promover el desarrollo de las empresas de menor tamaño y asegurarán la protección de las consumidoras y los consumidores.

Artículo 182, Inciso quinto

5. El Estado debe prevenir y sancionar los abusos en los mercados. Las prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición dominante, así como las concentraciones empresariales que afecten el funcionamiento eficiente, justo y leal de los mercados, se entenderán como conductas contrarias al interés social. La ley establecerá las sanciones a los responsables.

¿Cuán importante es este artículo(s) para la calidad de vida de las personas en Chile? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

1. Esta norma avanza en establecer sanciones concretas a conductas anticompetitivas por ser contrarias al interés social.
2. Comprende que el daño al mercado es un daño a la democracia.
3. No limita la iniciativa privada, sino que la regula en beneficio del interés social.
4. Recalcar que la iniciativa privada se mantiene, complementaria a la del Estado.
5. No establece límites irrealizables, sino que son límites claros que permiten establecer su verdadero alcance.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

1. Porque los límites que establece son claros, concretos y permiten a la persona saber de manera cierta hasta dónde puede emprender, a diferencia de la Constitución vigente (1980) que hablaba de moral, orden público y seguridad nacional.
2. A diferencia de la Constitución vigente (1980), la Nueva Constitución no ve a la economía como algo aislado del desarrollo del país, la naturaleza o las personas.
3. La Nueva Constitución reconoce, como contrario al interés social, las conductas anticompetitivas que bastante daño han hecho a nuestro país.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Argentina (artículo 14); Bolivia (artículo 47); Brasil (artículo 170); Colombia (artículo 26); Costa Rica (artículo 56); Ecuador (artículo 66); El Salvador (artículo 102); Guatemala (artículo 43); Honduras (artículo 331); México (artículo 5); Nicaragua (artículo 99); Panamá (artículo 282); Paraguay (artículo 107); Perú (artículo 59); República Dominicana (artículo 50); Uruguay (artículo 36); Venezuela (artículo 112). Las Constituciones antes mencionadas tienen como común denominador que reconocen en la iniciativa privada un espacio importante a proteger para el desarrollo de la economía nacional, sea a través de garantizar su libertad de emprender, de industria o de poder realizar actividades económicas.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

Es indudable que la libertad es un derecho esencial de las personas, así se ha sostenido desde la época de la Revolución Francesa y prácticamente no se ha discutido en los ordenamientos jurídicos a nivel mundial. Ésta tiene su reflejo en materia económica expresado fundamentalmente en aspectos como la libertad de trabajo y de empresa, los que pueden encontrarse complementados por otros, dependiendo de la postura que el Régimen Económico otorgue al Estado.
En Chile, la iniciativa en torno a consagrar constitucionalmente en principio de desarrollar actividades económicas se discutió en las Actas oficiales de la Comisión Ortuzar (1973 - 1978), concluyendo, en ese entonces, que el Estado debía fomentar la iniciativa privada, y que este sólo actuaría en aquellas actividades en las cuales los privados no tuvieran el interés o que fueran de interés público.
En la actual propuesta de norma han fundamentado su incorporación debido a que se comprende que no puede restringirse la libertad que poseen las personas de desarrollar actividades económicas, tanto por los tratados que Chile ha suscrito, como también por la importancia del derecho de propiedad de las personas; sin embargo, sí se ha entendido que esta libertad no puede ser absoluta, y debe reconocer límites concretos y reales como lo es la protección de la naturaleza y los derechos humanos.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

1. Que el particular no podrá desarrollar actividades económicas y que sólo el Estado tendrá esa atribución, lo que es falso, debido a que la norma señala expresamente que toda persona tendrá este derecho, y le da al Estado un rol cautelar.
2. Que desincentiva la iniciativa privada, lo cual es falso porque al haber reglas claras, se genera inversión con mayor certeza..
3. Que afecta y no protege a las empresas de menor tamaño (Pymes), lo cual es falso porque la propia norma establece que se promoverán este tipo de empresas..
4. Que los límites son irrealizables, que impiden el desarrollo de actividades económicas, lo cual es falso dado que son límites razonables, que obedecen a estándares internacionales (OCDE) y que dan certeza a la libertad de emprender.
5. Que generará pobreza y hará quebrar a las pequeñas empresas., lo cual es falso porque la propia norma incentiva y se preocupa de las pequeñas empresas, comprometiendo al Estado a su desarrollo.
6. Que las empresas se irán del país, lo cual es falso, debido a que mayor certeza y seguridad jurídica en las “reglas del juego”, será incentivo para que exista mayor inversión, teniendo claridad de los límites a la actividad económica.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

1. La economía es más “sana” y garante de derechos de las personas.
2. Se fortalece la economía porque inversionistas tienen reglas claras y concretas a las actividades que pueden realizar.
3. Se fortalece la protección de la persona consumidora.
4. Se persigue y sanciona las conductas anticompetitivas.
5. La actividad económica, por primera vez, será garante de derechos de la naturaleza.
6. Se logra una economía sustentable que permite a la actividad económica ser sostenible en el tiempo.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al desarrollo del país?

La libertad de emprender, con un enfoque sostenible y garante de los derechos de las personas, sin lugar a dudas contribuirá al desarrollo de nuestro país, ya sea estableciendo altos estándares en las prácticas empresariales, como también asegurando un medio ambiente sano y una naturaleza protegida.
Por otro lado, incentivará a que las personas naturales o jurídicas, que quieran emprender en nuestro país, tengan siempre presente el enfoque humano en sus actividades.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al respeto a los derechos humanos y de la naturaleza?

Se posicionan los derechos de las personas constitucionalmente protegidos, y los de la naturaleza, como un límite y exigencia del desarrollo de toda actividad económica y del ejercicio de emprenderlas, lo que aporta al fortalecimiento de la democracia y del Estado de Derecho.
Asimismo, comprende la relevancia de establecer reglas claras a la actividad económica, que no dé paso a ambigüedades y que contribuya a dar certeza a toda persona que quieran emprender, poniendo en el centro a la naturaleza.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

Al establecer límites, reglas y principios claros, concretos y tangibles a la libertad de emprender y de desarrollar cualquier actividad económica, se entrega certeza a toda persona respecto a lo que quiera iniciar, porque sabrá de antemano cuáles son las exigencias que se le impondrán, de manera objetiva y no arbitraria.
Además, da seguridad al mercado respecto al rol que juega el Estado en materia económica.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la igualdad entre todas las personas?

Se aporta a la igualdad dado que se establecen contrapesos a la actividad económica, garantizando así que el Estado velará por disminuir las asimetrías que puedan existir en el ejercicio de las actividades económicas, resguardando aquellos derechos que son fundamentales para la calidad de vida de las personas.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la innovación y sustentabilidad?

Este artículo innova porque incorpora, por primera vez en el ordenamiento constitucional de Chile a la naturaleza y a las personas consumidoras como límites a la libertad de emprender y de realizar actividades económicas, posicionando así a la persona y la naturaleza como el centro del desarrollo económico, permitiendo y desafiando a crear una nueva economía.

Comparte esta evaluación en Redes Sociales

Descargar Postal
Otras normas evaluadas por la organización

FOJUCC A.C.
Cómo leerlo icono
Propiedad y economía

Sobre la libertad de emprendimiento

"(....) Esta norma avanza en establecer sanciones concretas a conductas anticompetitivas por ser contrarias al interés social, comprende que el daño al mercado es un daño a la democracia, no limita la iniciativa privada, sino que la regula en beneficio del interés social., recalca que la iniciativa privada se mantiene, complementaria a la del Estado y no establece límites irrealizables, sino que son límites claros que permiten establecer su verdadero alcance. (...)"

Evaluada por:

logo organizacion

Artículo 80

1. Toda persona, natural o jurídica, tiene libertad de emprender y desarrollar actividades económicas. Su ejercicio debe ser compatible con los derechos consagrados en esta Constitución y la protección de la naturaleza.
2. El contenido y los límites de este derecho serán determinados por las leyes que regulen su ejercicio, las que deberán promover el desarrollo de las empresas de menor tamaño y asegurarán la protección de las consumidoras y los consumidores.

Artículo 182, Inciso quinto

5. El Estado debe prevenir y sancionar los abusos en los mercados. Las prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición dominante, así como las concentraciones empresariales que afecten el funcionamiento eficiente, justo y leal de los mercados, se entenderán como conductas contrarias al interés social. La ley establecerá las sanciones a los responsables.

¿Cuán importante es este artículo(s) para la calidad de vida de las personas en Chile? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Por qué este artículo(s) tiene la importancia para la calidad de vida que indicaste en la pregunta anterior?

1. Esta norma avanza en establecer sanciones concretas a conductas anticompetitivas por ser contrarias al interés social.
2. Comprende que el daño al mercado es un daño a la democracia.
3. No limita la iniciativa privada, sino que la regula en beneficio del interés social.
4. Recalcar que la iniciativa privada se mantiene, complementaria a la del Estado.
5. No establece límites irrealizables, sino que son límites claros que permiten establecer su verdadero alcance.

En el marco de una agenda de justicia social, económica y de derechos humanos: ¿En qué medida la Nueva Constitución mejora respecto de la Constitución actualmente vigente? Valoración del 1 al 6, siendo el 6 más importante.

¿Cómo puedes justificar la opción asignada en la pregunta anterior?

1. Porque los límites que establece son claros, concretos y permiten a la persona saber de manera cierta hasta dónde puede emprender, a diferencia de la Constitución vigente (1980) que hablaba de moral, orden público y seguridad nacional.
2. A diferencia de la Constitución vigente (1980), la Nueva Constitución no ve a la economía como algo aislado del desarrollo del país, la naturaleza o las personas.
3. La Nueva Constitución reconoce, como contrario al interés social, las conductas anticompetitivas que bastante daño han hecho a nuestro país.

¿Hay presencia de artículos similares en otros países? Explícanos en qué países y en qué se parecen.

Argentina (artículo 14); Bolivia (artículo 47); Brasil (artículo 170); Colombia (artículo 26); Costa Rica (artículo 56); Ecuador (artículo 66); El Salvador (artículo 102); Guatemala (artículo 43); Honduras (artículo 331); México (artículo 5); Nicaragua (artículo 99); Panamá (artículo 282); Paraguay (artículo 107); Perú (artículo 59); República Dominicana (artículo 50); Uruguay (artículo 36); Venezuela (artículo 112). Las Constituciones antes mencionadas tienen como común denominador que reconocen en la iniciativa privada un espacio importante a proteger para el desarrollo de la economía nacional, sea a través de garantizar su libertad de emprender, de industria o de poder realizar actividades económicas.

¿Cuál es la historia de este artículo en términos de su creación social?

Es indudable que la libertad es un derecho esencial de las personas, así se ha sostenido desde la época de la Revolución Francesa y prácticamente no se ha discutido en los ordenamientos jurídicos a nivel mundial. Ésta tiene su reflejo en materia económica expresado fundamentalmente en aspectos como la libertad de trabajo y de empresa, los que pueden encontrarse complementados por otros, dependiendo de la postura que el Régimen Económico otorgue al Estado.
En Chile, la iniciativa en torno a consagrar constitucionalmente en principio de desarrollar actividades económicas se discutió en las Actas oficiales de la Comisión Ortuzar (1973 - 1978), concluyendo, en ese entonces, que el Estado debía fomentar la iniciativa privada, y que este sólo actuaría en aquellas actividades en las cuales los privados no tuvieran el interés o que fueran de interés público.
En la actual propuesta de norma han fundamentado su incorporación debido a que se comprende que no puede restringirse la libertad que poseen las personas de desarrollar actividades económicas, tanto por los tratados que Chile ha suscrito, como también por la importancia del derecho de propiedad de las personas; sin embargo, sí se ha entendido que esta libertad no puede ser absoluta, y debe reconocer límites concretos y reales como lo es la protección de la naturaleza y los derechos humanos.

¿Cuáles son los principales mitos asociados al artículo(s) y porqué son mitos?

1. Que el particular no podrá desarrollar actividades económicas y que sólo el Estado tendrá esa atribución, lo que es falso, debido a que la norma señala expresamente que toda persona tendrá este derecho, y le da al Estado un rol cautelar.
2. Que desincentiva la iniciativa privada, lo cual es falso porque al haber reglas claras, se genera inversión con mayor certeza..
3. Que afecta y no protege a las empresas de menor tamaño (Pymes), lo cual es falso porque la propia norma establece que se promoverán este tipo de empresas..
4. Que los límites son irrealizables, que impiden el desarrollo de actividades económicas, lo cual es falso dado que son límites razonables, que obedecen a estándares internacionales (OCDE) y que dan certeza a la libertad de emprender.
5. Que generará pobreza y hará quebrar a las pequeñas empresas., lo cual es falso porque la propia norma incentiva y se preocupa de las pequeñas empresas, comprometiendo al Estado a su desarrollo.
6. Que las empresas se irán del país, lo cual es falso, debido a que mayor certeza y seguridad jurídica en las “reglas del juego”, será incentivo para que exista mayor inversión, teniendo claridad de los límites a la actividad económica.

Imagina que estamos en 2052: ¿Cómo es tu entorno y la vida de las personas en Chile después de este artículo(s)?

1. La economía es más “sana” y garante de derechos de las personas.
2. Se fortalece la economía porque inversionistas tienen reglas claras y concretas a las actividades que pueden realizar.
3. Se fortalece la protección de la persona consumidora.
4. Se persigue y sanciona las conductas anticompetitivas.
5. La actividad económica, por primera vez, será garante de derechos de la naturaleza.
6. Se logra una economía sustentable que permite a la actividad económica ser sostenible en el tiempo.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al desarrollo del país?

La libertad de emprender, con un enfoque sostenible y garante de los derechos de las personas, sin lugar a dudas contribuirá al desarrollo de nuestro país, ya sea estableciendo altos estándares en las prácticas empresariales, como también asegurando un medio ambiente sano y una naturaleza protegida.
Por otro lado, incentivará a que las personas naturales o jurídicas, que quieran emprender en nuestro país, tengan siempre presente el enfoque humano en sus actividades.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta al respeto a los derechos humanos y de la naturaleza?

Se posicionan los derechos de las personas constitucionalmente protegidos, y los de la naturaleza, como un límite y exigencia del desarrollo de toda actividad económica y del ejercicio de emprenderlas, lo que aporta al fortalecimiento de la democracia y del Estado de Derecho.
Asimismo, comprende la relevancia de establecer reglas claras a la actividad económica, que no dé paso a ambigüedades y que contribuya a dar certeza a toda persona que quieran emprender, poniendo en el centro a la naturaleza.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la seguridad y certeza de las personas en Chile?

Al establecer límites, reglas y principios claros, concretos y tangibles a la libertad de emprender y de desarrollar cualquier actividad económica, se entrega certeza a toda persona respecto a lo que quiera iniciar, porque sabrá de antemano cuáles son las exigencias que se le impondrán, de manera objetiva y no arbitraria.
Además, da seguridad al mercado respecto al rol que juega el Estado en materia económica.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la igualdad entre todas las personas?

Se aporta a la igualdad dado que se establecen contrapesos a la actividad económica, garantizando así que el Estado velará por disminuir las asimetrías que puedan existir en el ejercicio de las actividades económicas, resguardando aquellos derechos que son fundamentales para la calidad de vida de las personas.

¿En qué forma el artículo(s) analizado aporta a la innovación y sustentabilidad?

Este artículo innova porque incorpora, por primera vez en el ordenamiento constitucional de Chile a la naturaleza y a las personas consumidoras como límites a la libertad de emprender y de realizar actividades económicas, posicionando así a la persona y la naturaleza como el centro del desarrollo económico, permitiendo y desafiando a crear una nueva economía.

iconoVolver sello-norma
Sellos aplicados icono
Comparte esta evaluación en Redes Sociales

Descargar Postal
Otras normas evaluadas por la organización

FOJUCC A.C.