Propuesta N° 18
Esta es una propuesta de: Comunidad Mujer ·
Varios países alrededor del mundo han consagrado el cuidado como un derecho fundamental; Chile aun no. En cuanto a la corresponsabilidad social del cuidado como principio rector de la sociedad, aún no se observan experiencias en otras constituciones, por lo que Chile también podría ser pionero en esta materia. La crisis de los cuidados que se ha visibilizado en todo el mundo durante esta pandemia, justifica con creces y representa la oportunidad de impulso de este principio en nuestra carta magna.
Creemos firmemente que la nueva Constitución debe contemplar un Estado que reconoce: (primero) los cuidados como un derecho fundamental de la vida en sociedad ; (segundo) su justa organización social para el logro de la igualdad de género; y (tercero) que debe fundarse sobre la corresponsabilidad entre el Estado, el sector privado, la comunidad, los hogares y entre mujeres y hombres.
La idea tras el “principio de corresponsabilidad social de los cuidados” implica que todas las personas, en uno o varios momentos del ciclo de vida, necesitamos de cuidado y debemos proveerlo. Y para garantizar que los cuidados se lleven a cabo idóneamente, toda la sociedad debe ser y sentirse corresponsable.
Principio de corresponsabilidad social de los cuidados: La nueva Constitución debe contemplar un Estado que reconozca los cuidados como un derecho; su justa organización social y que se base en la corresponsabilidad entre Estado, sector privado, comunidad, hogares, mujeres y hombres.
Esta propuesta se elaboró en: Sin región y/o comuna definidas , Chile
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