Propuesta N° 14
Esta es una propuesta de: Comunidad Mujer ·
La Constitución actual de Chile no consagra el derecho al trabajo, sino la “libertad de trabajo y protección”. Así, garantiza que “toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución”, prohíbiendo cualquier discriminación que no se base en la capacidad personal.
No obstante, el derecho al trabajo excede la libertad de incorporarse al mercado laboral, pues su ejercicio pleno se vincula directamente con las oportunidades de acceso y con las condiciones en que se desarrolla.
Es necesario regular e integrar al derecho al trabajo la igualdad salarial entre mujeres y hombres y la promoción de la corresponsabilidad social de los cuidados, de tal manera que estos no sean una desventaja para las mujeres.
Derecho al trabajo remunerado y a la igualdad salarial: Para subsanar las múltiples —y sabidas— desigualdades que enfrentamos las mujeres en el ámbito laboral, es necesario incorporar los estándares de derechos humanos a la Constitución y habilitar la posibilidad de una serie de medidas afirmativas que permitan equiparar las oportunidades de acceso al mercado laboral y a reducir las fuentes de la brecha salarial de género.
Esta propuesta se elaboró en: Sin región y/o comuna definidas , Chile
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