Órganos públicos encargados de la defensa de la patria y de la seguridad exterior de la nación, del aseguramiento del orden público y la seguridad pública interior y la investigación de crímenes y delitos. En Chile, las Fuerzas Armadas son el Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina; y las Policías son Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones. Se caracterizan por ser esencialmente obedientes y no deliberantes y tienen una estructura jerarquizada.
¿Cómo se organiza el Estado?
Un elemento central de la regulación de las FFAA y de orden es que el hecho de que estén reguladas en la Constitución hace mucho más difícil que se lleve a cabo cualquier tipo de reforma, reestructuración o refundación de ellas. En la Constitución de 1980 se establecieron elementos que han hecho especialmente rígida la regulación, como los ministerios de los que dependen, la manera en que se designan designan sus autoridades superiores y el criterio de antigüedad para ello, y las normas de nombramientos, ascensos y retiros de los oficiales, carrera profesional, incorporación a sus plantas, previsión, antigüedad, mando, sucesión de mando y presupuesto.
¿Cómo se organiza el Estado?
Las fuerzas armadas deben asegurar la seguridad exterior, mientras que las policías están a cargo de mantener el orden público interior. Sin embargo, hoy las FFAA y las policías cumplen con un rol más amplio, lo cual ha generado varias situaciones de vulneración de derechos y revictimización.
¿Cómo se organiza el Estado?
Principio consistente en el sometimiento de las fuerzas armadas y de orden a las decisiones adoptadas por las autoridades civiles. Se traduce en un límite a las decisiones que pueden adoptar estos órganos, los que solamente pueden encontrar la manera más eficiente de cumplir con las órdenes que reciben, pero no pueden evaluar, modificar ni opinar sobre su contenido. Sin embargo, este principio tiene una serie de limitaciones a la hora de su ejecución, especialmente respecto de las policías, cuya estructura jerárquica y sus culturas internas les han permitido actuar con una autonomía que no está establecida en la Constitución, pero que les ha asegurado, entre otras cosas, impunidad ante casos de violaciones a derechos humanos.