El derecho humano a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales resultantes de las producciones científicas, literarias o artísticas propias protege la vinculación personal entre los autores y sus creaciones, y entre los pueblos, comunidades y otros grupos y su patrimonio cultural colectivo. También protege los intereses materiales básicos necesarios para que contribuyan, como mínimo, a un nivel de vida adecuado. Su finalidad es fomentar la contribución activa de los creadores a las artes y las ciencias y al progreso de la sociedad en su conjunto.
Fuente: Comité DESC (2005) Observación General Nº 17. Derechp de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a). // Comité DESC (2020) Observación General Nº 25. Ciencia y los derechos económicos, sociales y culturales.
¿Qué son los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales?
Todas las creaciones de la mente humana únicamente, tales como publicaciones e innovaciones científicas (incluidos los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas o locales) y las producciones literarias o artÌsticas, como novelas, pinturas, composiciones musicales y tradiciones orales, entre muchas otras.
Fuente: Comité DESC (2005) Observación General Nº 17. Derechp de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a).
¿Qué son los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales?
Toda persona (sea hombre o mujer, individuo o grupo) que haya creado producciones científicas, literarias o artísticas.
Fuente: Comité DESC (2005) Observación General Nº 17. Derechp de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a).
¿Qué son los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales?
Derecho moral de los autores a ser reconocidos como creadores de sus producciones científicas, literarias y artísticas y a oponerse a cualquier modificación que cause perjuicio a su honor o reputación. Su objetivo es reconocer el carácter personal y duradero de las creaciones de la mente humana, el que no desaparece ni siquiera cuando la obra se declara patrimonio común de la humanidad.
Fuente: Comité DESC (2005) Observación General Nº 17. Derechp de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a).
¿Qué son los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales?
Los intereses materiales constituyen un requisito para el goce del derecho a un nivel de vida adecuado de los autores. La protección de ellos no necesariamente se extiende abarcan toda la vida de los autores, sino que también puede lograrse mediante pagos únicos o la concesión al autor durante un período determinado del derecho exclusivo a explotar su producción científica, literaria o artística.
Fuente: Comité DESC (2005) Observación General Nº 17. Derechp de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a).